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Como utilizar P2P sin miedo

Lo primero que hay que decir es que el P2P y el intercambio de archivos es legal, siempre que se respeten los términos establecidos por la ley, ya que es exactamente igual que si dos amigos intercambiaran un CD con cualquier contenido en persona, sólo que la tecnología de Internet permite hacerlo con todo el Mundo a la vez. Mucha gente cree, erróneamente, que no es así, debido a la intencionada desinformación de las principales gestoras de derechos de autor. Sin embargo, si yo escribo un libro propagandístico para difundir las ideas políticas del Partido Pirata, por ejemplo, y lo que quiero, lógicamente, es que lo lea la mayor cantidad de gente posible, para conseguir sus votos, ¿por qué no voy a poder difundirlo mediante descargas gratuitas en Internet y mediante las redes P2P? Un ejemplo real de esto es el libro del abogado David Bravo llamado “Copia este libro”, en el que podrás encontrar más información y de forma más precisa sobre este tema.

Respecto a las obras artísticas registradas con copyright, en España la compartición de dichas obras está amparada por el derecho de copia privada. Respecto a la copia y distribución de programas (software), hay que tener en cuenta que se pueden hacer copias de seguridad, pero no estos productos no están amparadas por el derecho de copia privada, por lo que descargar programas con licencias que no permitan su distribución, puede constituir una infracción del código penal. Por otra parte, tenemos licencias libres que nos permiten y nos animan a redistribuir programas, entre la más conocida se encuentra la licencia GPL de la Free Software Foundation.

Una vez llegados a este punto, podemos saber qué tipos de contenidos podemos y no podemos descargar. Sin embargo, hay un problema más: ¿Qué sucede si, queriéndonos descargar un contenido completamente legal nos descargamos un contenido ilegal? Esto sucede, por ejemplo, con el tema de la pornografía infantil, en el que algunos pedófilo y pederastas, esconden sus depravados contenidos bajo el nombre de otros archivos como, por ejemplo, películas infantiles o películas pornográficas de adultos. Además, hay gente que distribuye programas adulterados con virus y demás software malicioso.

Según la naturaleza de las redes P2P, en cuanto comienzas a descargar un archivo, comienzas igualmente, a distribuirlo a los demás, es decir, en el momento que comienzas a bajarte un archivo con un contenido no deseable, te conviertes en distribuidor de dicho contenido. Según el código penal vigente en España, puedes estar cometiendo delitos de distribución de contenidos ilegales. Hay que recordar que, en el caso del abuso de menores, la mera posesión de dichos contenidos es constitutiva de delito. Sin embargo, tú no puedes saber qué es lo que estás descargando hasta que, o bien no se ha descargado completamente el archivo o bien no tienes una porción suficientemente grande como para previsualizarlo (muchos programas de intercambio P2P permiten hacer esto). ¿Qué podemos hacer para protegernos contra estos delitos? Sigue leyendo.

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Llega la Música del siglo XXI

Hace unos años, creo que aún en la década de los 90, leí un artículo muy interesante en una revista que se publicaba por aquel entonces, llamada Newton y que, para mí, ha sido de las mejores revistas de divulgación científica que se han editado en España. Este artículo hablaba del futuro de la música. Decía que, en el siglo XXI, la música no se limitaría únicamente a repetir unas partituras determinadas, sino que, mediante un proceso digital, la música que se escucharía no sería nunca igual para la misma canción. Las notas variarían dependiendo de parámetros como el estado emocional del oyente. Algo así como DJ de las discotecas, pero personalizado en nuestro propio reproductor. Todavía nos queda mucho para llegar a eso, y 92 años por delante hasta fin de siglo, pero ya comenzamos a dar los primeros pasos.

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